La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recordó que la recategorización del monotributo es un trámite obligatorio que se realiza dos veces al año y que debe reflejar exclusivamente la facturación real del contribuyente.
En este marco, el organismo aclaró que los movimientos de dinero de carácter personal —como regalos, préstamos entre particulares o transferencias entre cuentas propias— no serán considerados para determinar un cambio de categoría.
Desde ARCA señalaron que el control se centra en la diferencia entre los cobros electrónicos recibidos y el total de las facturas emitidas. Si se detectan inconsistencias, se enviará una notificación formal y el contribuyente contará con 15 días hábiles para presentar la documentación que respalde sus ingresos antes de que se disponga una recategorización de oficio o una eventual sanción.
El organismo explicó que, ante la creciente digitalización de la economía y el uso masivo de billeteras virtuales y transferencias bancarias, el objetivo es distinguir con claridad los ingresos derivados de la actividad comercial del movimiento de fondos personales, evitando penalizaciones indebidas.
Asimismo, se ratificó que el esquema de recategorización semestral continúa vigente. En caso de que el contribuyente no actualice su categoría de manera voluntaria, ARCA podrá hacerlo de oficio utilizando únicamente la información fiscal disponible en sus registros y excluyendo los movimientos personales.
ARCA aclara que las transferencias personales no inciden en la categoría del monotributo
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El organismo precisó que solo se toman en cuenta los ingresos vinculados a la actividad declarada. Antes de una recategorización de oficio, los contribuyentes disponen de 15 días hábiles para presentar descargos.