Vendió un sommier por internet y terminó víctima de una estafa: el banco deberá responder por el 70% de la pérdida

Una mujer fue engañada durante la venta de un sommier y los estafadores utilizaron sus credenciales para obtener un préstamo y un adelanto de sueldo. La Justicia determinó que hubo responsabilidad compartida y ordenó al banco asumir el 70% del dinero perdido.
Hace 1 hora Actualidad


Una operación de compraventa que parecía habitual terminó en una estafa bancaria. Una mujer publicó un sommier en una plataforma digital y, tras recibir el contacto de un supuesto comprador, fue engañada por delincuentes que lograron obtener sus datos de seguridad y acceder a su cuenta.

La maniobra comenzó cuando el falso comprador le aseguró que había transferido por error 150.000 pesos. Poco después, la mujer recibió una llamada de alguien que se presentó como empleado de la entidad bancaria y que supuestamente iba a ayudarla a solucionar el inconveniente.

Siguiendo las instrucciones recibidas, la víctima generó un token y proporcionó un código de seguridad. Con esas credenciales, los delincuentes ingresaron a su homebanking, solicitaron un crédito preaprobado y un adelanto de sueldo y posteriormente transfirieron parte de los fondos a una cuenta de Mercado Pago.

Al advertir lo sucedido, la mujer modificó su clave, informó el fraude al banco y realizó las denuncias correspondientes.

El banco sostuvo que no debía ser responsabilizado porque el acceso a la cuenta se había realizado mediante las credenciales legítimas de la clienta. También argumentó que una pericia informática no había detectado hackeos ni fallas técnicas en sus sistemas y señaló que la propia mujer había entregado voluntariamente sus elementos de seguridad.

Sin embargo, la Cámara de Apelaciones consideró que la conducta de la víctima no alcanzaba para liberar a la entidad de toda responsabilidad. Los jueces analizaron especialmente la sucesión de operaciones realizadas en un período muy breve.

Primero se produjo un cambio de clave, seguido por la generación de un nuevo token, la solicitud de un préstamo automático y un adelanto salarial. Luego se concretaron transferencias por un monto cercano a la totalidad del dinero acreditado en la cuenta sueldo.

Para el tribunal, esa combinación de movimientos constituía un comportamiento atípico que debía haber generado alertas en los sistemas de seguridad del banco. La Justicia remarcó que las entidades financieras deben contar con mecanismos capaces de detectar operaciones sospechosas y, cuando corresponda, verificar con el titular que determinadas transacciones hayan sido efectivamente autorizadas.

Otro de los aspectos considerados fue la acreditación inmediata del préstamo. Según el fallo, el dinero fue depositado sin que se realizara una confirmación adicional con la titular de la cuenta.

Para los jueces, una instancia de verificación antes de poner los fondos a disposición podría haber evitado que los estafadores utilizaran el dinero.

Finalmente, la Cámara estableció que existió responsabilidad compartida. La mujer contribuyó al resultado al entregar sus credenciales de seguridad, pero el banco también incumplió sus deberes de prevención al no detectar una serie de operaciones que se apartaban del comportamiento habitual de la cuenta.

En consecuencia, la entidad bancaria deberá asumir el 70% de la pérdida económica, mientras que el 30% restante quedará a cargo de la víctima.

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