La Justicia ordenó indemnizar a un comprador tras detectar irregularidades en un plan de financiación inmobiliaria

Una empresa desarrolladora fue condenada por modificar retroactivamente las cuotas de un plan para la compra de un departamento y rescindir el contrato sin acreditar la deuda reclamada. El fallo dispuso la devolución del dinero abonado y el pago de indemnizaciones al consumidor.
Hace 3 semanas Actualidad

La Justicia Civil de Neuquén condenó a una empresa desarrolladora por alterar de manera retroactiva el valor de las cuotas de un plan de financiación para la compra de un departamento y rescindir el contrato sin demostrar la deuda que reclamaba al comprador.

El caso se originó luego de que un cliente adquiriera un inmueble mediante un plan de 120 cuotas ajustadas por el índice de la Cámara Argentina de la Construcción. Durante más de un año cumplió con los pagos, pero posteriormente la empresa dejó de informar el valor actualizado de las cuotas y, tiempo después, presentó una liquidación con aumentos retroactivos de importante magnitud.

El juez entendió que el comprador nunca contó con información clara y suficiente sobre los importes que debía abonar, por lo que consideró injustificada la rescisión del contrato por supuesta mora.

La sentencia también remarcó que el hecho de utilizar un índice público para actualizar las cuotas no exime a la empresa de informar correctamente el cálculo aplicado ni de brindar transparencia en la relación con sus clientes.

Como consecuencia, el fallo ordenó devolver todas las sumas abonadas por el comprador y pagar una indemnización por daño moral y daño punitivo, al considerar que la conducta de la empresa vulneró los derechos del consumidor y obligó al cliente a iniciar un proceso judicial para hacer valer sus derechos.