El Ministerio de Salud de la Nación resolvió que la matrícula nacional será suficiente para que los profesionales de la salud se desempeñen en instituciones del Estado Nacional, incluyendo hospitales, centros de atención y cualquier organismo perteneciente a la Administración Pública Nacional, ya sea centralizada o descentralizada.
La medida, que busca simplificar trámites y evitar ambigüedades normativas, elimina la necesidad de contar con matrículas provinciales adicionales, muchas de las cuales implicaban además descuentos sobre los haberes de los trabajadores. A partir de ahora, la matrícula emitida por el Ministerio nacional según la Resolución N.º 3320/2024 será el único requisito habilitante.
Según detallaron desde la cartera sanitaria, este cambio permitirá unificar criterios de habilitación, mejorar los procesos de fiscalización y garantizar que los profesionales estén calificados bajo estándares nacionales. Además, fortalece la capacidad de respuesta sanitaria ante emergencias, al centralizar la validación y seguimiento de credenciales.
Esta nueva disposición se enmarca en una serie de reformas que apuntan a modernizar el sistema de matriculación nacional. Entre ellas, se destaca la implementación de la credencial digital profesional única y obligatoria, también establecida en la resolución mencionada, y cuya vigencia será indefinida según la Resolución Ministerial N.º 4827/2024.
La Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras, junto con otras dependencias competentes, será la encargada de difundir la medida en todo el país. La normativa entrará en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial.