La Corte Suprema cerró una causa ambiental contra petroleras de Vaca Muerta por falta de pruebas

- Energía y Petróleo

La Corte Suprema cerró una causa ambiental contra petroleras de Vaca Muerta por falta de pruebas
La Corte Suprema cerró una causa ambiental contra petroleras de Vaca Muerta por falta de pruebas

El máximo tribunal rechazó una demanda iniciada por Assupa contra empresas hidrocarburíferas al considerar que no logró demostrar daños ambientales concretos ni responsabilidades específicas.

La Corte Suprema de Justicia desestimó una demanda ambiental presentada por la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (Assupa) contra empresas petroleras que operan en Vaca Muerta, al concluir que la organización no aportó pruebas suficientes para sostener las acusaciones de contaminación.

La resolución puso fin a una causa iniciada en 2004 contra compañías como YPF, Pampa Energía, Pan American Energy y Chevron, entre otras firmas vinculadas a la actividad hidrocarburífera en la Cuenca Neuquina.

El fallo fue firmado por el presidente del tribunal, Horacio Rosatti, junto a tres conjueces, debido a la excusación de los jueces Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

En una resolución de once páginas, la Corte sostuvo que Assupa no logró vincular de manera concreta los supuestos daños ambientales denunciados con hechos específicos atribuibles a las empresas demandadas.

Los magistrados señalaron además que, a lo largo del proceso judicial, la organización mantuvo planteos considerados vagos e imprecisos, sin individualizar eventos contaminantes verificables ni precisar responsables directos.

Según el fallo, la propia demanda pretendía que fuera la Corte la encargada de determinar el estado ambiental de los suelos, acuíferos y cursos de agua en las distintas áreas petroleras, lo que para el tribunal evidenciaba la ausencia de datos concretos sobre tiempo, lugar y modo de los hechos denunciados.

La resolución también rechazó el carácter interjurisdiccional del supuesto daño ambiental, requisito necesario para habilitar la competencia originaria de la Corte Suprema en este tipo de causas.

En ese sentido, los jueces consideraron que la existencia de concesiones petroleras en distintas provincias o la presentación de informes generales sobre la Cuenca Neuquina no resultaban suficientes para acreditar un daño ambiental colectivo de alcance interprovincial.

El fallo retomó además observaciones realizadas por el tribunal en instancias anteriores, cuando ya había rechazado una medida cautelar solicitada por la ONG por considerar insuficientes las pruebas presentadas.

Entre ellas, la Corte cuestionó un relevamiento geoespacial elaborado por la firma Astecna S.A., al entender que no establecía una relación directa entre daños ambientales específicos y conductas atribuibles a las empresas demandadas.

Con esta decisión, el máximo tribunal dio por finalizada una causa que se extendió durante más de veinte años y reafirmó que las denuncias ambientales deben estar respaldadas por evidencia técnica concreta y verificable para avanzar judicialmente.

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